DERECHO CIVIL

Derecho Civil

Seriedad, Rigor y Eficiencia

Abogados especialistas en Derecho Civil

El Derecho Civil es una rama del derecho cuya normativa jurídica, regula todos los aspectos referentes a la personalidad, la familia y las relaciones patrimoniales. Dentro del Derecho Civil se incluyen las siguientes materias:

  1. Parte General: Estudio y regulación de las relaciones jurídicas entre: sujeto, objeto y hecho; acto y negocio jurídico; y derecho de la persona, acerca de su capacidad, vecindad, residencia, nacionalidad, ausencia y Registro Civil.
  2. Obligaciones y contratos: dedicada al estudio de la doctrina general del contrato y de las obligaciones. También de la responsabilidad civil (responsabilidad extracontractual), y el régimen jurídico concreto de las numerosas figuras contractuales.
  3. Derechos reales e hipotecarios: estudio y análisis de la propiedad y posesión, así como del resto de los derechos reales, tanto de disfrute, como de garantía y de adquisición preferente, y de la publicidad de los bienes inmuebles a través del Registro de la Propiedad.
  4. Derecho de familia y sucesiones: lo que respecta a las formas y efectos del matrimonio y de las uniones extramatrimoniales,  el régimen económico-matrimonial, las relaciones de los progenitores con los hijos y las soluciones jurídicas de las crisis del matrimonio. El Derecho de sucesiones regula tanto la herencia como las sucesiones.

Lobo Abogados es un despacho generalista que cuenta con abogados civilistas de gran prestigio profesional. Nos encargamos la defensa y representación jurídica para solucionar sus asuntos legales relacionados con el Derecho Civil. Nuestros letrados le podrán asesorar en todo tipo de casos relacionados con la materia, consúltenos.

Derecho de familia

  • Divorcio contencioso
  • Divorcio mutuo acuerdo
  • Divorcio exprés
  • Convenio regulador de divorcio
  • Liquidación del régimen de gananciales
  • Cambio del régimen matrimonial: separación de bienes, gananciales.
  • Convenio de medidas paterno filiales
  • Ejecuciones de sentencia por impago de pensión
  • Demanda de medidas previas
  • Medidas provisionalísimas
  • Abandono de familia
  • Custodia de los hijos
  • Violencia de género
  • Acuerdos prematrimoniales y postnupciales

Derecho Civil

  • Contratos privados entre partes
  • Responsabilidad civil
  • Accidentes de tráfico
  • Reclamación de daño corporal derivada de responsabilidad civil
  • Reclamación de gastos bancarios
  • Reclamación de cláusula suelo
  • Reclamación de deudas
  • Reclamación de vicios ocultos
  • Desahucio por impago de alquiler

Derecho Sucesiones

  • División de herencias
  • Solicitud de pensión de viudedad y orfandad.
  • Solicitud de pensiones y subsidios a favor de otros familiares.
  • Cambio de titularidad de contratos.
  • Solicitud de Certificado de últimas voluntades.
  • Reclamaciones a terceros.
  • Declaración de herederos.
  • Partición hereditaria.
  • Impuesto de sucesiones y otros derivados de la sucesión hereditaria.
  • Registros públicos.
  • Reclamaciones de seguro de vida por materialización de riesgo cubierto: fallecimiento, incapacidad permanente.

Reclamación de Lesiones

Art. 152.1 del Código Penal, reforma del 1 de julio de 2015, señala que si por imprudencia grave causare lesiones será castigado, en atención al riesgo creado y el resultado producido y en delitos leves, como delito básico de imprudencia con resultado lesivo.
El resto de lesiones se han reconducido a procedimientos civiles en los cuáles se podrá reclamar indemnización por daños personales: hospitalización, días impeditivos, días no impeditivos, secuelas físicas y psíquicas, rehabilitación privada, collarines, medicación, transporte, daños del vehículo, lucro cesante, etc.

Desahucio

Artículo 1569 del Código civil establece las causas para poder ejercitar el desahucio judicial. El desahucio es una acción jurídica de resolución que tiene el arrendador sobre el alquiler de sus inmuebles y se debe a la falta de cumplimiento de las obligaciones del arrendatario. Como consecuencia de dicho incumplimiento, el arrendador vuelve a tomar posesión de la finca arrendada mediante el desahucio del arrendatario. 

Reclamación de deuda

Cuando una deuda resulta impagada, a su vencimiento, es cuantificable económicamente y existe un título que legitime su reclamación, puede reclamarse en vía judicial si la vía de la negociación extrajudicial ha fracasado. Las posibilidades de reclamación de deuda son: procedimiento monitorio, procedimiento declarativo verbal, procedimiento cambiario y ejecución de título no judicial.
El primer paso de una reclamación debe ser documentar nuestra pretensión con el fin de acreditar la deuda, ya que, siempre existe el riesgo de imposición por sentencia del pago de costas del proceso de no acreditarse suficientemente bien lo pretendido.

Gestión de Contratos

Formalización y resolución de contratos, compra-venta, alquiler, arrendamiento, usufructo, permutas, desahucios, traspasos, etc Reclamaciones de indemnizaciones por daños e incumplimientos contractuales

Asistencia en Notaría

Derecho Notarial y del Registro de la Propiedad, consiguiendo inscribir o matricular los bienes a su nombre, así como la consecución de cualquier cambio de titularidad en el Registro y la obtención de los Títulos Notariales o de otra clase necesarios para ello.

Comunidades de propietarios

Cualquier asunto que se pueda dar en la comunidad de vecinos, como acuerdos sociales, impugnación de los mismos, redación de Estatutos, etc.


Herencias

Testamentos, particiones herencias, declaración herederos, expediente judicial de declaración de ausencia o fallecimiento, Herencias (herederos, legitimarios, legados, mejoras, etc)
Desheredación. Sucesión testada o intestada. Solicitud de división judicial de la herencia.

Si no existen herederos forzosos puede disponer por testamento de sus bienes en favor de cualquier persona que tenga capacidad para adquirirlos. La legítima es el porcentaje de bienes reservados por ley a determinados herederos, denominados herederos forzosos.

Reclamación de vicios ocultos

Los vicios ocultos son defectos importantes en las cosas que no pueden detectarse o percibirse en el momento de la compraventa e impiden la utilización o uso completo del bien adquirido. Este concepto se emplea para designar aquellos desperfectos que dan derecho a reclamar la reparación del bien o la resolución del contrato. Para reclamar es necesario: que el daño sea previo a la compraventa, que el daño sea grave y que el daño esté oculto. 

Reclamación por defectos de construcción

La Ley Ordenación Edificación (LOE) establece un plazo de garantía de un año para la reclamación de los defectos de acabado o daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras. También se pueden reclamar: defectos de habitabilidad (3 años), defectos relativos a la estabilidad y seguridad estructural del edificio (10 años). En nuestra reclamación, para algunos casos, será necesario utilizar un dictamen pericial técnico visado por un arquitecto o aparejador.

Derecho del consumidor

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Los consumidores y usuarios son  personas físicas o jurídicas que adquieren productos y contratan servicios como destinatarios finales de los mismos. La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios establece una protección especial al consumidor, dotándole de instrumentos legales para su protección y defensa.

Cláusula Suelo

La polémica de las hipotecas se debe al clausulado que, durante años, los bancos han establecido de manera unilateral. En muchos casos, se trataba de cláusulas abusivas que ha dado pie a numerosas reclamaciones de consumidores y usuarios por gastos indebidos, cláusulas suelo, IRPH, etc... Si tu hipoteca tiene cláusula suelo o cualquier otra cláusula que consideres abusiva puedes revisar sus términos legales y reclamar para recuperar el dinero indebidamente pagado.

Reclamación por cancelación de vuelos

El Reglamento Europeo sobre los derechos de los pasajeros te garantiza, bajo determinadas condiciones, una indemnización que oscila entre 250 y 600 euros. Reclamar por vuelo cancelado incluso si te cambiaron directamente a otro avión o fuiste informado de la cancelación con antelación también te puede dar derecho a una indemnización. 
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