Divorcio contencioso

Divorcio Contencioso

Soluciones a los conflictos de la Familia


Divorcio contencioso

El divorcio contencioso se tramita ante el juzgado competente cuando no sea posible alcanzar la vía del mutuo acuerdo entre las partes, en este caso la tramitación de este divorcio siempre es competencia del juez, ya que en la vía consensual o de mutuo acuerdo, podría ser competencia del Letrado de administración de justicia o del Notario, siempre que no haya hijos menores o incapaces.

No es necesario expresar causa alguna, ni tener el consentimiento sobre esta decisión con la pareja, tan solo basta la mera petición de uno solo de los cónyuges, toda vez, que hubieran transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para que se inicie el procedimiento. No será necesario esperar al transcurso de los preceptivos tres meses legales, si se acreditan circunstancias tales como la existencia de riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.



Abogados

de Familia

Pensión de alimentos

Regulación

de visitas

Custodia y

Patria Potestad

Admisión de la demanda

A la demanda de divorcio se acompañará propuesta fundada de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación, es decir, debemos indicar cómo queremos que sea la custodia de los menores o incapaces si los hay, a quién, a nuestro juicio, debería serle atribuido el uso de la vivienda familiar, si ésta existe, cómo se determina la pensión de alimentos en favor de los menores, si se ha de establecer o no una pensión compensatoria en favor del cónyuge al que el divorcio le produzca un desequilibrio económico, cuanto tiempo, en su caso, durará la misma, qué régimen de visitas en favor del cónyuge no custodio debe recogerse en la sentencia, etc.

El procedimiento a seguir es el verbal con especialidades, regulado en el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que se sustantará en el juzgado de 1ª instancia o juzgado de familia si existe, competente según el domicilio de los cónyuges, si es el mismo, la demanda se presentará en el juzgado del domicilio común, si los cónyuges residen en partidos judiciales distintos, el demandante elegirá presentar la demanda bien en el juzgado del último domicilio común, o bien el juzgado del domicilio del demandado. La demanda será trasladada a la otra parte para que, en el plazo de 10 días hábiles desde su recepción, sea contestada, y/o, en su caso, reconvenida.

Tras la admisión de la demanda de divorcio, de la contestación o de la demanda reconvencional, se fijará día y hora para el juicio oral.

Medidas provisionales

Es importante destacar que en este procedimiento, se puede presentar una petición previa a la demanda de medidas provisionales, cuando el carácter de urgencia aconseje que se fijen, por ejemplo una situación de abandono familiar por parte de un progenitor, o la desatención de las obligaciones de satisfacción de las cargas familiares, lo que supone que se citará a las partes a una vista urgente, en la que el juez dictará un Auto recogiendo las cuestiones básicas como guarda y custodia, atribución del uso de la vivienda familiar o el pago de la pensión de alimentos que pueda corresponder, estas medidas provisionales perdurarán hasta que haya sentencia de divorcio que fije las medidas definitivas, con el único requisito de que se presente la demanda de divorcio en el plazo de 30 días desde que se fijaron estas medidas provisionales. Del mismo modo, junto con la demanda de divorcio, se pueden presentar también medidas provisionales, llamadas coetáneas, para que se fijen esas medidas hasta que se dicte la sentencia de divorcio, para lo cual también habrá una vista previa donde se discuta sobre lo antedicho.


Los procedimientos de divorcio contenciosos pueden resultar largos, y somos conscientes de que se tratan cuestiones importantísimas para los clientes, como pueda ser la guarda y custodia de sus hijos menores, es por eso que es muy importante realizar un acompañamiento del cliente durante todo el proceso, mantenerle informado y orientado de cuáles son sus derechos y obligaciones durante la tramitación del mismo, de modo que no realice ninguna acción que pueda perjudicar sus intereses presentes y futuros, la llevanza de este tipo de procedimientos requiere un plus de humanidad, de empatía y de cercanía con el cliente, requiere entender su situación y luchar conjuntamente porque sus derechos e intereses se vean representados.

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